Comité Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación

El 10 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial, el reglamento que establece normas relativas a la integración, modalidades de funcionamiento y otras materias de los Comités Regionales de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo, cuya función principal – entre otras materias – es asesorar al gobierno regional en la identificación y formulación de las políticas y acciones que fortalezcan la investigación científica, el capital humano y la innovación a nivel local.

El Comité estará constituido por los siguientes integrantes con derecho a voz y voto:     

  1. El Gobernador Regional, quien lo presidirá;
  2. El Consejero Regional que se desempeñe como Presidente de la comisión de trabajo que aborde las materias de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo, según se establece en el artículo 37 de la ley, y que cuente con el acuerdo del Consejo Regional.
    3. El Secretario Regional Ministerial de Educación;
    4. El Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo;
    5. El Secretario Regional Ministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación;     
  6. Por tres miembros designados, los que deberán ejercer, alguno de los cargos o las actividades que se indican a continuación:

a) Vice-Rector de Investigación o un equivalente Académico o de Vinculación con el Medio, de una universidad acreditada con presencia regional;

b) Director de un Centro de Investigación y Desarrollo financiado con fondos públicos o un director de un Instituto Tecnológico Público, o un director de un Grupo de Investigación Asociativa, con domicilio acreditado en la región. Se entenderá como grupos de investigación asociativa a los Centros de Investigación y Desarrollo (I+D) privados con foco en industrias regionales o aquellas iniciativas de I+D financiadas con fondos públicos, tales como: Anillos de Investigación, Núcleos Milenio, entre otros, o Centros de I+D privados con foco en industrias regionales;
 
c) Académico o experto en ciencia, tecnología o innovación perteneciente a centros de formación técnica de nivel superior acreditada, con presencia en la región;
 
d) Representante de la pequeña, mediana o gran empresa de la región, con reconocida experiencia en materia de emprendimiento e innovación productiva o empresarial;
 
e) Representante del sector privado, con reconocida experiencia en innovación de base científico-tecnológica en la región;
 
f) Representante de la sociedad civil, con reconocida experiencia en el ámbito del desarrollo social, la innovación social en la región o la sociedad civil.

Postulación al Comité Regional de Ciencia

El Gobierno Regional de Tarapacá invita a participar del proceso de postulación para integrar el Comité Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.  Este concurso está reglamentado a través del Decreto Supremo N°649 de fecha 17/12/2020 del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial el 10 de julio de 2021.

Los postulantes podrán acceder a los antecedentes, a partir del 11 de febrero de 2022, hasta el 21 de febrero de 2022, en una primera instancia. El plazo fue extendido hasta el 15 de marzo, a las 12 horas.

BASES Y ANEXOS

La recepción de los antecedentes será a través del correo electrónico comitecti@goretarapaca.gov.cl

Las consultas las puedes realizar hasta el día antes de la finalización del concurso, en el correo electrónico consultas.comitecti@goretarapaca.gov.cl

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