Protocolo
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Protocolo Regional
REGLAMENTO DEL CEREMONIAL Y PROTOCOLO
CAPITULO XIX – D. S. Nª 171, 8 de Noviembre de 2016. Publicado en Diario Oficial, 16 de Marzo de 2017.
Artículo 25.- En los Actos y Ceremonias Oficiales la Precedencia de las Autoridades Chilenas y Extranjeras será la que a continuación se indica:
B. En los actos y ceremonias oficiales celebradas en Regiones y Provincias, sin perjuicio de que las autoridades contempladas precedentemente mantengan la ubicación que les corresponde cuando asistan, la precedencia de las autoridades regionales será la siguiente:
1. Gobernador Regional
2. Delegado Presidencial Regional
3. Senadores de la Circunscripción por antigüedad
4. Diputados del Distrito por antigüedad
5. Presidente de la Corte de Apelaciones
6. Contralor Regional
7. Fiscal Regional del Ministerio Público
8. Delegado Presidencial Provincial
9. Secretarios Regionales Ministeriales
10. Comandante General de la Guarnición
11. Alcalde
12. Presidente del Consejo Regional
13. Oficiales Generales de las Fuerzas Armadas
14. Oficiales Generales de Carabineros y de la Policía de
Investigaciones de Chile
15. Defensor Regional
16. Arzobispo u Obispo de la Iglesia Católica y Representantes de
Iglesias
17. Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas
18. Oficiales Superiores de Carabineros y de la Policía de
Investigaciones de Chile
19. Ministros y Fiscal de la Corte de Apelaciones
20. Consejeros Regionales
21. Concejales Comunales
22. Representantes de los pueblos indígenas acordes a la realidad de
la respectiva región o comuna
23. Decano del Cuerpo Consular
24. Rectores de Universidades
25. Tesorero Regional
26. Cónsules Extranjeros
27. Director Regional del Servicio Electoral
28. Presidente del Tribunal Electoral Regional
29. Jefes de Servicios Públicos
30. Jueces de Letras, de Garantía y del Tribunal de Juicio Oral
31. Jueces de Policía Local
32. Oficiales de las Fuerzas Armadas
33. Oficiales de Carabineros y de la Policía de Investigaciones de Chile
En caso de ausencia de las autoridades mencionadas Precedentemente, ocuparán su lugar los respectivos Subrogantes, de conformidad a normativa vigente.
Santiago, 14 de julio de 2021.
Revisa el reglamento de ceremonial y protocolo aquí: Protocolo
