Residentes en comunas en Cuarentena y Transición podrán sufragar portando solo cédula de identidad

Además, quienes necesiten trasladarse a regiones deberán portar su pasaporte sanitario, cédula de identidad y la consulta al Servel que acredite su lugar de votación, indicó la Subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell.

Medidas relacionadas con el plebiscito del 25 de octubre y cambios en el Plan Paso a Paso fueron los anuncios que realizó este jueves la Subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, durante un nuevo informe de Coronavirus en el país.

En esa línea, la autoridad informó que todas las personas, independiente de la etapa en que se encuentre la comuna, podrán ir a votar el domingo 25 de octubre portando solo su cédula de identidad. En el caso de quienes residan en comunas que se encuentren en Paso 1 (Cuarentena) y Paso 2 (Transición) del Plan Paso a Paso, continuarán necesitando un permiso de desplazamiento si deben realizar un trámite esencial como ir a comprar insumos básicos o medicamentos, pues las restricciones imperantes en el territorio de la comuna no varían. Este permiso, como siempre, se obtiene en Comisaría Virtual.

Respecto de las personas que deben sufragar en regiones distintas a su actual región de residencia, podrán trasladarse a las regiones donde se encuentre su lugar de votación a partir del 23 de octubre, portando su pasaporte COVID-19, la consulta del Servel que establece su lugar de votación y el carnet de identidad. La consulta de datos electorales puede realizarse en https://consulta.servel.cl/ y el pasaporte sanitario puede obtenerse en www.c19.cl.

Magallanes y Aysén

Además, la Subsecretaría Martorell explicó que aquellos que necesiten trasladarse a una región que se encuentre con cuarentena de aislamiento deberán portar un PCR antes de ingresar estas localidades. “Aquellas personas que ingresan a regiones que se exige cuarentena de aislamiento, como por ejemplo la región de Magallanes o la región de Aysén, deben tener un PCR 72 horas anterior al momento de ingreso, que sea de carácter negativo, es decir un PCR negativo, más su carnet de identidad, pasaporte sanitario y su consulta al Servel en que se acredita que votan en esas comunas, y van a poder votar sin ningún problema”.

El retorno a los lugares habituales de residencia de estas personas podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre de las mesas.

Votantes que ingresan a Chile

Las personas con derecho a sufragio que entren al país también deberán portar un examen PCR con una antigüedad no superior a 72 horas antes de ingresar a Chile, el cual debe ser hecho en un lugar acreditado por el Servicio de Salud, aunque sea en el exterior. Asimismo, debe portar su cédula de identidad y la consulta del Servel que acredite su lugar de sufragio.

Vocales de mesa

Se han establecido reglas para que los vocales y los miembros de los colegios escrutadores puedan desplazarse sin ningún problema el día antes y durante del plebiscito.

Los vocales de mesa podrán desplazarse libremente para llegar a los centros de votación en que deban ejercer su función, los días 24 y 25 de octubre. Para desplazarse deberán portar, de forma física o electrónica, el resultado de la Consulta de Datos electorales, donde conste el local de votación respectivo y su calidad de vocal. En caso de que su traslado sea entre regiones, deberán además portar el pasaporte sanitario, pudiendo trasladarse desde el día 23 de octubre. El retorno a los lugares habituales de residencia podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre de las mesas.

En tanto, los miembros de los colegios escrutadores podrán desplazarse libremente para llegar al colegio en que deban ejercer su función, los días 26 y 27 de octubre y 2 de noviembre. Para desplazarse, deberán portar el resultado de la Consulta de Datos electorales, donde conste su calidad de miembro del colegio escrutador. En caso de que su traslado sea entre regiones, deberán además portar el pasaporte sanitario y podrán hacerlo desde el día 23 de octubre. Para el caso de desplazamiento regional, el retorno a los lugares habituales de residencia podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre de las mesas.

Finalmente, la Subsecretaria Martorell indicó que “toda esta información va a ser publicada tanto por el Ministerio de Salud, por las páginas oficiales del Gobierno, y también por la Subsecretaría de Prevención del Delito”.

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